Responsabilidad Civil

Sí. La defensa puede centrarse en controvertir los hechos, la existencia o cuantificación del daño, la relación causal, la atribución de responsabilidad u otros elementos jurídicos relevantes de la reclamación.
En determinados casos sí, cuando puede acreditarse que la actuación u omisión del profesionista incumplió sus deberes y que esa conducta produjo un daño susceptible de reparación. La valoración depende de las circunstancias y pruebas de cada asunto.
Es la relación que debe existir entre la conducta atribuida a una persona y el daño que se reclama. No basta con acreditar que ocurrió un daño; también es necesario analizar si jurídicamente puede vincularse con el hecho u omisión señalado.
Depende de la naturaleza del caso. Pueden existir daños patrimoniales, gastos, pérdidas económicas y, en determinados supuestos, afectaciones de carácter no patrimonial. La procedencia de cada concepto debe analizarse conforme a los hechos y la legislación aplicable.
Es necesario identificar el hecho u omisión que originó el daño, acreditar la existencia y alcance de ese daño y establecer la relación entre ambos. También deben revisarse los documentos y demás medios de prueba disponibles para determinar la viabilidad de la reclamación.